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¿En qué condiciones puede realizarse una dación en pago?             

  • La dación en pago es aceptada como un mecanismo excepcional para extinguir la obligación de canalizar el pago de una exportación de bienes al entregar otro bien, siempre que no se convierta en un intercambio comercial de bienes.
  • La dación en pago se acepta entonces como modo de pago, pasando a reemplazar lo originalmente pactado.
  • El residente exportador deberá suministrar la Declaración de Cambio por exportaciones de bienes, indicando el valor en dólares que se entiende pagado,  para canalizar así el pago con dación utilizando el numeral cambiario 1044. 

*Estas operaciones solo podrán ser realizadas por los IMC y deberán ser exclusivas para operaciones de exportaciones de bienes.
 

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