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Declaración de renta: ¿Por dónde empezar?

Resumen:

Entre el 10 de agosto y el 20 de octubre de 2021, vencen los plazos para que las personas naturales presenten la declaración de renta del año gravable 2020 en Colombia.

Se acerca la temporada de declaración de renta para personas naturales, y con ella muchas preguntas y quizá algo de angustia, en especial para aquellos que deben hacerlo por primera vez. A continuación, te presentamos algunos puntos que podrán serte de utilidad para asumir esta responsabilidad de una manera segura y más informada:

¿Cuáles son los plazos para presentar la declaración de renta?

Entre el 10 de agosto y el 20 de octubre de 2021, vencen los plazos para que las personas naturales presenten la declaración de renta del año gravable 2020 en Colombia.

La fecha límite para presentar tu declaración de renta, se establece según los últimos dos dígitos de tu número de identificación tributario (NIT) de tu RUT. Ten en cuenta que, con respecto a años anteriores, el orden de los vencimientos cambió, para este año se invirtió y los primeros vencimientos serán para quienes su NIT finaliza en 01 y 02 el día 10 de agosto del 2021, hasta llegar a los que finalizan en 99 y 00 el día 20 de octubre del 2021.

¿Cómo sé si debo declarar renta este año?

Para saber si estás obligado a presentar la declaración de renta en el 2021, deberás revisar los movimientos financieros que tuviste durante el 2020, tales como ingresos recibidos, compras realizadas, consumos con tarjetas de crédito, consignaciones recibidas, entre otros.

Si cumples con alguna de las siguientes condiciones, enmarcadas durante el 2020, estarás obligado a declarar renta en el 2021:

  • Tenías bienes como vehículos, casas, ahorros en cuentas, CDTs, fondos de inversión, que sumados en conjunto tengan un valor superior a $160.232.000. 
  • Recibiste ingresos totales superiores a $49.850.000.
  • Si las compras con tarjetas de crédito que realizaste fueron superiores a $49.850.000.
  • Si las compras y consumos que hiciste en Colombia o en el exterior excedieron los $49.850.000.
  • Si los movimientos realizados con tus cuentas bancarias, de la misma o diferentes entidades, superaron los $49.850.000.

Para consultar los valores de cada una de estas condiciones puedes solicitar los certificados tributarios a las distintas entidades con las cuales realizaste operaciones. La información de tus movimientos también la podrás consultar en la información exógena que la DIAN publicará en su portal web en las próximas semanas.

¿Si declaro renta significa que debo pagar?

No necesariamente. El impuesto de renta se cobra con base en los ingresos y también se tienen en cuenta bienes, gastos, compras con tarjeta de crédito, y movimientos financieros.

Así que, aunque muchos tengan que cumplir con la responsabilidad de declarar renta, no todos deberán pagar. Incluso quienes declaran por ingresos, pueden llegar a tener un valor cero o hasta un saldo a favor, gracias a las rentas exentas, deducciones, retención en la fuente y otros elementos que afectan el cálculo.

¿Quién me puede ayudar a realizar este trámite?

En Colombia cualquier persona natural puede gestionar de forma directa la elaboración de su declaración de renta sin la firma de un contador profesional. Esto solo se le exige a quienes estén obligados a llevar su contabilidad según la ley.

Bancolombia en alianza con Tributi ofrece la posibilidad de hacer la declaración de renta en línea, y recibirla entre 2 y 48 horas, dependiendo del plan. El servicio está disponible en tributi.com y puede ser usado por cualquier persona natural que deba declarar renta en 2021, y si eres cliente de Bancolombia, podrás acceder a este servicio totalmente gratis en el plan estándar.

El proceso es simple y lo puedes hacer tú mismo contando con la guía de un equipo especializado disponible en línea en tiempo real. Al finalizar, Tributi te hará entrega del formulario de tu declaración completamente diligenciado y optimizado, listo para que lo presentes con tu firma electrónica en cualquier banco o de manera digital en el portal de la DIAN (www.dian.gov.co).

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