Políticas internas de control
Sarbanes Oxley Act “SARBOX”:
- Promulgada por el Congreso de los Estados Unidos en julio de 2002.
- Es la reforma más importante a la regulación del Mercado de Valores Americano desde 1933.
- La ley aplica a todas las compañías cuyas acciones se encuentran registradas en la Bolsa de Valores de los Estados Unidos.
Objetivos.
- Recuperar la confianza de los inversionistas.
- Aumentar la credibilidad de los accionistas en las sociedades.
- Confiabilidad y transparencia de los estados financieros y la información contable.
- La ley Sarbanes Oxley se centra en todo lo relacionado con la creación de procedimientos, controles, niveles de revisión y aprobación; documentándolos, controlándolos y comunicándolos.
- Anima a las compañías a ejercer un gobierno efectivo que establezca medidas de control férreas de índole interna, y que posibilite que a través del chequeo de los estados financieros se tenga un mejor control sobre los procesos contables y financieros en general.
- Requiere tener evidencias sobre las revisiones y aprobaciones dadas por los diferentes niveles jerárquicos a la información financiera de la compañía.
- Requiere tener manuales (flujogramas, políticas, controles, niveles de revisión y aprobación)
- Requiere de la matriz un plan de pruebas (Key Controls) y determinar periodicidad de las pruebas.
- Requiere pruebas del usuario o de la auditoria interna (Testing)
Riesgo del Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo (LA/FT):
Se entiende por LA/FT la posibilidad de pérdida o daño que pueda sufrir el Grupo Bancolombia al ser utilizado, directamente o a través de sus operaciones, como instrumento para el lavado de activos y/o canalización de recursos destinados a actividades terroristas y cuando se pretenda el ocultamiento de activos provenientes de dichas actividades.
El riesgo del LA/FT al que se expone El Grupo Bancolombia cuando es utilizado para estas actividades se materializa a través de los riesgos asociados, a saber: el legal, reputacional, operativo y el de contagio, con el consecuente efecto económico negativo que ello puede representar para su estabilidad financiera.
En el marco de estas políticas, el Grupo Bancolombia espera de sus proveedores y aliados estratégicos que:
- Las actividades que desempeñe estén enmarcadas dentro de las normas legales.
- Los recursos de las cuentas y/o bienes que posee no provengan de ninguna actividad ilícita de las contempladas en el Código Penal Colombiano o en cualquier otra norma que lo modifique o adicione.
- No admita que terceros efectúen depósitos a las cuentas de la empresa con fondos provenientes de las actividades ilícitas contempladas en el Código Penal Colombiano o en cualquier norma que lo adicione, ni efectúe transacciones destinadas a tales actividades o a favor de personas relacionadas con las mismas.
- Respete, cumpla y haga cumplir las leyes, convenciones y tratados internacionales que Colombia haya suscrito en materia anticorrupción, así como de aquellas disposiciones internacionales anticorrupción que sea obligatoria su observación por parte de las entidades que pertenecen o llegaren a pertenecer al Grupo Bancolombia,
- No ofrezca o pague ningún tipo de soborno a favor de servidor público o funcionario de cualquier estado.
- Implemente las medidas tendientes a evitar que sus operaciones puedan ser utilizadas sin su conocimiento y consentimiento como instrumento para el ocultamiento, manejo, inversión o aprovechamiento en cualquier forma de dinero u otros bienes provenientes de actividades delictivas o para dar apariencia de legalidad a estas actividades.