Proveedores
Prácticas No Autorizadas

 

Prácticas no autorizadas

  • El Grupo Bancolombia no se hace responsable de pagos que no hayan sido debidamente legalizados a través de la Gerencia de Contratación y Compras de Bancolombia, con el visto bueno respectivo de la persona con las atribuciones necesarias para tal fin.

  • No se deben pactar bonificaciones (compensaciones económicas adicionales a las legales) para el proveedor o aliado estratégico, sus dependientes y/o empleados excepto en algún caso debidamente aprobado por el Vicepresidente de Servicios Corporativos.

  • La vinculación de personas naturales deberá hacerse bajo las condiciones definidas por el Grupo Bancolombia. No se contratan personas naturales para la prestación de servicios en labores y actividades similares a las desarrolladas por funcionarios del Grupo Bancolombia, o que puedan catalogarse como funcionarios bajo subordinación de la entidad, sin la autorización previa de la Vicepresidencia de Gestión de lo Humano.

  • No se aceptan cláusulas que autoricen al proveedor o aliado estratégico la cesión del contrato y los derechos que de él surjan, sin la autorización previa y expresa del Grupo Bancolombia.

  • No puede pagarse o desembolsarse suma alguna de dinero, sin haberse formalizado el contrato o suscrito documento que sirva de soporte para la iniciación de labores sin la respectiva autorización y aprobación de la Gerencia de Contratación y Compras de Bancolombia, y en los casos en los que aplique, de la Gerencia Jurídica de Asuntos Corporativos de Bancolombia.

  • No se deben contratar proveedores que se encuentren en la lista de clientes no objetivo del Grupo Bancolombia.