Preguntas frecuentes
¿Puedo realizar aportes por fuera de los que he hecho por deducción de nomina o débito automático?
Sí, por considerarse un ahorro voluntario, usted puede realizar consignaciones directas en cualquier momento, sin importar la modalidad de aporte que esté empleando en el momento.
¿Puede un cliente de otro fondo de pensiones voluntarias trasladarse a Plan Pensión?
Sí, mediante el diligenciamiento de la solicitud de vinculación a Plan Pensión y del formato de solicitud de traslado de fondo que se suministra en la red de oficinas Bancolombia, podrá solicitar la transferencia de recursos, ya sea de otro fondo de pensiones voluntarias o de una cuenta de ahorro para el fomento de la construcción (AFC).
¿Puede un cliente tener pensiones voluntarias en varios fondos?
Sí, usted puede tener cuantos fondos de pensiones voluntarias existan. Todo dependerá de su capacidad de ahorro.
¿Que es retención contingente?
En la práctica, la "cuenta de retención contingente" equivale a la contabilización del beneficio tributario que el ahorrador puede ganarse si cumple con el término de permanencia mínimo (cinco años cada aporte) o, en otros términos, es igual al menor valor de la retención en la fuente que ha dejado de practicársele por realizar el aporte en un fondo de pensiones voluntarias. Esta retención es aplicada por las empresas a todos aquellos trabajadores dependientes o independientes que por percibir un nivel de ingresos superior, deben pagar este impuesto anticipado.
¿Qué es un fondo de pensiones obligatorias?
Es un fondo creado para recibir los aportes obligatorios de los empleados, que están encaminados a conformar el capital necesario para poder disfrutar de una pensión de jubilación. Los aportes a estos fondos son del 15,5% y realizados en parte por el empleado, (3.875% del salario) y por el empleador (11,625% del salario), dichos aportes pueden ser realizados según elección del trabajador, a un fondo de pensiones privado o al Instituto de Seguros Sociales (ISS).
¿En caso de fallecimiento del titular de la cuenta de pensiones voluntarias, quién recibe los recursos ahorrados por éste?
Los beneficiarios en caso del fallecimiento del titular, serán aquellos que la ley defina de acuerdo a un proceso de sucesión.
¿Las pensiones voluntarias son inembargables?
Según carta circular 69 de 2007 de la Superintendencia Financiera de Colombia publicada el 8 de octubre de 2007, el nuevo monto inembargable es de $23.199.735. Este monto tiene vigencia del 1 de octubre de 2007 al 30 de septiembre de 2008.
¿En qué fechas Plan Pensión puede realizar los débitos automáticos de mi cuenta de ahorros, cuando solicito que mis aportes sean por este medio?
Los 10, 15, 20 y 30 de cada mes.
¿Puede un cliente que vive en el extranjero darle un poder a otra persona en el país para que le constituya un Plan Pensión?
Sí, con poder general y especial entregado por el Cónsul.
¿Cuál es la condición para obtener los beneficios tributarios y que los rendimientos financieros obtenidos sean exentos de retención en la fuente?
Cada uno de los aportes debe permanecer en el fondo por un período no inferior a 5 años.
¿En caso de una solicitud de retiro, cómo me entregan los recursos?
Los retiros efectuados por usted, podrán ser abonados previa solicitud a su cuenta de ahorros o corriente del banco.
Usted también podrá solicitar la entrega de sus recursos en cheque a nombre del mismo titular de la cuenta de Plan Pensión.
¿Cuándo llegue el momento para pensionarme, cómo puedo acceder a mis ahorros?
Una vez cumplidos los requisitos para acceder a la pensión, puede seleccionar una de las siguientes modalidades:
- Retiro programado: Usted o sus beneficiarios, obtienen su pensión de la Fiduciaria con cargo a su cuenta individual. La pensión se recalcula cada año en función del saldo acumulado en su cuenta y su expectativa de vida y la de sus beneficiarios. Si no hubiere beneficiarios, el saldo que queda en la cuenta de ahorro al usted fallecer, acrecentará la masa sucesoral.
- Renta vitalicia inmediata: Usted contrata directa e irrevocablemente con la aseguradora de su elección, el pago de una renta mensual hasta su fallecimiento y el pago de pensiones de sobrevivientes a favor de sus beneficiarios por el tiempo que ellos tengan derecho.
- Retiro programado con renta vitalicia diferida: Usted contrata con la aseguradora de su elección, el pago de una renta vitalicia a partir de una fecha determinada, reteniendo en su cuenta individual los fondos suficientes para obtener de la Fiduciaria un retiro programado, durante el período que medie entre la fecha de jubilación y la edad en que la renta vitalicia comience a ser pagada por la aseguradora.
- Renta temporal: Podrá seleccionar pagos periódicos, cuyo monto y tiempo de pago dependerán del capital acumulado en su cuenta individual a la fecha en que acceda a la pensión.
- Pago único: La Fiduciaria realiza un pago por el valor total de la cuenta individual, cuando usted cumpla los requisitos de jubilación.
¿Qué hace la Fiduciaria Bancolombia con mis ahorros?
En el Fondo de Pensiones Voluntarias Plan Pensión, se tiene como política interna realizar inversiones en sectores económicos financieramente fuertes y con futuro claro, tales como bancos, corporaciones financieras y la nación. Las inversiones autorizadas incluyen acciones, bonos, papeles comerciales, participación en fondos de inversión nacionales e internacionales, entre otros.
¿Fiduciaria Bancolombia me informa sobre el estado de mi cuenta de Plan Pensión?
Efectivamente Plan Pensión le entregará mensualmente en la dirección de correspondencia reportada por usted en el momento de vinculación un extracto con el detalle de los movimientos de la cuenta durante el mes anterior.
¿Si quiero conocer más detalles sobre la rentabilidad, composición del portafolio y más sobre el fondo, dónde la puedo obtener?
En la pagina web de Fiduciaria Bancolombia, www.fiduciariabancolombia.com, puede obtener más información.
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